
Colombia en desarrollo de diferentes negociaciones internacionales ha obtenido preferencias o beneficios arancelarios que le permiten al exportador ser más competitivo. Por tal motivo el ingreso de los productos colombianos a determinados países tienen un tratamiento preferencial. Para que el empresario colombiano tenga acceso a estas preferencias o beneficios arancelarios debe mostrar en el momento de ingreso de su producto, el Certificado de Origen.
El Certificado de Origen se presenta para cada exportación realizada, para obtenerlo, primero el productor debe contar con el Criterio o Determinación de Origen. El Criterio de Origen es un documento expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo quien es el que certifica el cumplimiento de los requisitos de origen exigidos en virtud de acuerdos el cual se debe anexar como prueba documental, en el momento de introducir los productos y tiene una vigencia de 1 o 2 años.
Este documento sirve al Ministerio de consulta y soporte para la investigación de prácticas desleales de comercio, tales como dumping o subvenciones, en la evaluación de las solicitudes de importación de licencia previa, en las negociaciones internacionales de comercio exterior, en los procesos de licitaciones del sector oficial y en la conceptualización de producción nacional para aquellos bienes que se benefician de las excenciones.
Donde debo acudir para gestionar el Criterio de Origen de mi producto en Colombia ?
Usted debe acudir al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, más información en http://www.mincomercio.gov.co o llamar a la Línea gratuita: 018000 913311 - Bogotá, Colombia.
Dependiendo del esquema preferencial o acuerdo de que se trate, existen varios tipos de Criterios de Origen:
FORMA A - SGP - Código: 250 :
- UNION EUROPEA: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Italia, Irlanda, Luxemburgo, Portugal, Suecia, Nueva Zelandia y Australia.
- Guadalupe, Martinica y Guyana Francesa.
- USA
- Canadá
- AELI : Noruega y Suiza
- EUROPA ORIENTAL: Bulgaria, República Checa, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania, Malta, Turquia, Chipre, Hungría, Polonia. (C.E.I. antes las URSS)
- Japón
FORMA A - ATPA / ATPDEA - Código 251 : En el marco de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas - ATPA / ATPDEA de los Estados Unidos.
Textiles. Unión Europea - Código 252 : Certificado Origen para exportación de textiles Unión Europea. Para la exportación de productos textiles colombianos, que no cumplan con las normas de origen estipuladas en SGP.
ALADI - Código: 255 COMUNIDAD ANDINA y ALADI ( Países de Latinoamérica). ALADI. Resolución 252 - Comundidad Andina
G3 - Código 256 GRUPO DE LOS TRES: Unicamente México.
Código 257 PANAMÁ, Acuerdo Alcance Parcial con Panamá.
Código 258 CHILE. Acuerdo de Complementación Económica con Chile.
Código 259 CUBA. Acuerdo de Alcance Parcial con Cuba.
Código 260 Terceros Países. Para las exportaciones de productos colombianos a países que no pertenecen al S.G.P., a la ALADI, o a la Comunidad Andina o para los productos que no estén negociados en otros Acuerdos firmados por Colombia. Este formulario no tiene un criterio de origen en especial, fuera de la certificación de que la mercancía es originaria de Colombia. Se utiliza únicamente para efectos administrativos y no sirve para reclamar una preferencia arancelaria.
Código 271 Acuerdo de Alcance Parcial con Caricom.
Código 273 Acuerdo de Alcance Parcial con Mercosur.
Incoterms |
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| * Fuente: www.proexport.com.co www.mincomercio.gov.co | DDP |











